Finalización del contrato de alquiler y devolución de llaves al arrendador

finalización de contrato de alquiler y devolución de llaves
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En otra ocasión te hemos hablado del desistimiento en el contrato de alquiler y sus consecuencias. En esta ocasión, te hablamos de la finalización de contrato de alquiler y devolución de las llaves, todo ello para evitarte problemas. Si el tema te interesa, ¡Sígueme!

Si vamos a entregar las llaves del piso o casa alquilados es porqué hemos decidido la finalización de contrato de alquiler y devolución de llaves. Bien sea por el hecho de desistir del mismo, por alegar el arrendador que lo necesita para él o por expiración del tiempo establecido en el contrato. Lo que está claro es que a la finalización del contrato, el arrendatario debe devolver las llaves al arrendador. Ahora bien, ¿Cómo hacerlo?

 

La documentación del acto de entrega de llaves

No conviene entregar las llaves sin documentar ese acto que, por cierto, no viene recogido en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Partimos de la base que al empezar un alquiler, has cambiado el bombín que venía por uno que hayas comprado tú antes. Así evitarás posibles robos de inquilinos anteriores o terceras personas. Es por eso que debe constatarse en el documento que te señalamos que se entregan las llaves al arrendador y que la cerradura funciona correctamente.

También damos por sentado que has comunicado o preavisado de tu intención de desistir del contrato en tiempo y forma. En caso contrario, vuelve arriba y pincha en el artículo que te hemos enlazado. Te será de gran ayuda.

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La documentación del estado del piso o casa arrendados

En ese mismo documento o en uno diferente, debes cerciorarte que se recoja el estado del piso en documento redactado al efecto. Para ello y ante posibles negativas del arrendador, comunícale por correo electrónico y/o whatsapp tu voluntad de que se redacte el citado documento. Además, sería bueno realizar un reportaje fotográfico del estado del piso o casa arrendados al momento de la entrega de llaves.

En el documento debe indicarse si los grifos y tiradores del WC funcionan. También ha de recogerse en qué estado están los muebles, puertas, pintura, posibles desperfectos causados durante el alquiler, etcétera.

Si existen controversias o el arrendador no ha querido redactar un documento para reflejar el estado del piso al momento de tu salida, te recomendamos grabar la conversación que mantengas con él dentro del inmueble. Recuerda que es lícito grabar conversaciones que mantienes con las personas que intervengan en la misma y para ello no necesitas consentimiento alguno. Menos en casos como el tuyo, en el que la conversación de lleva a cabo en el hasta el momento de la entrega de llaves, es tu piso.

Qué debe constar en el documento de finalización del contrato de alquiler

El contenido concreto dependerá de cada arrendador y de cada arrendatario. Lo deseable sería que el documento de entrega de llaves indicase:

  1. A partir de qué momento, el arrendador recupera la posesión del inmueble arrendado.
  2. Señalar, en cas de que existan, los eventuales pagos pendientes y su importe.
  3. Indicación acerca de la devolución total o parcial de la fianza.
  4. Obviamente, recoger en qué estado está el piso o casa arrendados al momento de la devolución.
  5. Eventualmente, aunque muy recomendable, la constancia acerca del hecho que se ha hecho un reportaje fotográfico que consta de X fotografías, indicando que le entregará una copia al arrendatario.

Al respecto, es común que en el documento de entrega de llaves se haga constar alguna fórmula del estilo:

«(…) con la entrega del juego (s) de llave (s) al arrendador, se da por terminado/finalizado el contrato de alquiler del inmueble sito en la calle XXXXX (…)».

Si el inquilino se pregunta ¿Cómo se debe entregar un inmueble por parte del arrendatario?, debe tener en cuenta que lo ha de entregar como lo recibió del arrendador. Para evitarse sorpresas es por lo que te estamos dando estas orientaciones.

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¿Qué sucede si el arrendador rechaza recibir las llaves?

En ese caso y tal y como nos señala el Tribunal Supremo en su sentencia de 28 de octubre de 2005, el arrendador que rechaza el ofrecimiento de llaves hecho por el arrendatario, pierde la posibilidad de reclamar los deterioros o menoscabos que se hayan producido a partir de ese momento.

Es por eso que si eres arrendador y en caso de finalización de contrato y devolución de llaves, te conviene personarte a la recogida de las llaves así como redactar el documento del que te venimos hablando.

Si el arrendador rechaza recoger las llaves que el arrendatario le entrega para finalizar el alquiler o se niega a firmar el documento, es recomendable que el arrendatario deposite las llaves ante Notario. En ese caso, tendremos constancia del hecho que el arrendador no quiso personarse a recoger las llaves. Serán entonces el Notario quien requiera al arrendador para que las recoja en la Notaría. Si al entrar al piso o casa, el arrendador observa desperfectos, tendrá dificultades para acreditar que se produjeron durante el tiempo del arrendamiento. De nuevo y a efectos de prueba, recuerda grabar la conversación que mantengas con el arrendador. Llámale por su nombre y apellidos y si no quiere firmar el documento o recoger las llaves, que exprese el porqué de su negativa.

 

¿Qué pasa si el arrendador no quiere recoger las llaves en la Notaría?

De entrada, no suele ser un caso muy común. Cuanto más tiempo pase hasta la recogida, mejor para el arrendador, pues más dificultades tendrá para demostrar que unos determinados daños, los causó el arrendatario.

Como ves, finalizar el contrato y la devolución de llaves, a veces acarrea muchos dolores de cabeza. En el caso que señalamos en este punto, si el arrendador no recoge las llaves en la cita con el arrendatario y tampoco en la Notaría, el arrendatario deberá demandar por finalización del contrato. Solemos estar ante este caso cuando el arrendatario le debe dinero al arrendador. En esos casos, algunos arrendadores se niegan a recibir las llaves hasta recibir el total de la deuda generada. Craso error.

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¿Qué problemas puede generar el arrendatario?

No siempre es el arrendador el que «se porta mal» con la otra parte. En la viña del señor hay de todo y en nuestra práctica diaria, hemos encontrado arrendatarios muy indeseables. Pero mucho. En no pocas ocasiones, el arrendador se pregunta ¿Qué hacer ahora cuando un inquilino no quiere entregar las llaves de casa?

Una de las prácticas reprochables es el hecho de no dejar las llaves el arrendatario en ningún sitio. En ese caso, ojo arrendador. No se te ocurra entrar en el piso, pues aún recibirás una denuncia por allanamiento de morada. Espera el impago de alguna renta y entonces, presenta la pertinente demanda de desahucio por impago de rentas. Es lo más sensato y lo que más problemas te evitará.

Otro de los problemas en casos cuando finaliza el contrato y se hace devolución de llaves, es el del arrendatario que no entrega las llaves y sigue morando el inmueble. En ese caso, deberás presentar la correspondiente demanda de desahucio ante el primer impago de renta. Piensa que si no se ha formalizado la entrega de llaves, el arrendatario lo sigue siendo.

Otro caso es que haya expirado el tiempo de alquiler establecido en contrato. En ese caso, adelante con la demanda de desahucio por precario, pues el que era arrendatario ahora es un okupa. Siempre, claro está, que el arrendador hubiese expuesto previamente que no consentía ninguna prórroga tácita del contrato.

Como ves, la finalización de contrato de alquiler y la devolución de las llaves es una cuestión compleja. Por último, tenemos al arrendatario que deja las llaves al portero, al vecino o a otra persona diferente al arrendador. Be carefull! En ese caso, y sin haber firmado el documento de entrega de llaves, mejor no entres al inmueble arrendado. De nuevo, puedes llevarte una denuncia penal por allanamiento de morada o coacciones. Procede como en el primer caso expuesto.

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