Varias personas nos han consultado a lo largo de este mes si es posible desheredar a un hijo. Sea porqué éste les agrede o porqué hace años que pasa de sus padres, lo cierto es que es una cuestión en alza. ¿Tú también te has preguntado si es posible? Si el tema te interesa, ¡Sígueme!
¿Qué te explicamos en este artículo?
- 1 ¿Qué sucede al desheredar a un hijo?
- 2 El derecho a la legítima, ¿qué es?
- 3 Motivos que permiten desheredar a un hijo
- 3.1 ¿Qué nos dice el Código Civil de Cataluña?
- 3.1.1 ¡Aún hay mas! Son causas hábiles para desheredar a un hijo que éste pase de ver a sus padres y ni tan siquiera les llame para comprobar cómo están. Esa ausencia del hijo en la vida de sus padres ha de ser continuada y no ha de ser por culpa de los padres.
- 3.1.2 También son causas de desheredación que nuestros hijos nos peguen físicamente o agredan psíquicamente. Ese maltrato ha de ser grave, bien por derivar de uno o pocos actos de mucha gravedad, bien por mantenerse en el tiempo de forma prolongada.
- 3.1.3 Denegarle el auxilio a nuestros padres si estos necesitan de cuidados como vestido ropa, comida o atenciones para llevar una vida digna, también permiten desheredar a un hijo.
- 3.2 ¿Qué nos dice el Código Civil común?
- 3.1 ¿Qué nos dice el Código Civil de Cataluña?
- 4 Como desheredar a un hijo
- 5
- 6 Qué no comporta desheredar a un hijo
- 7
- 8 Conclusiones acerca de la posibilidad de desheredar a un hijo
¿Qué sucede al desheredar a un hijo?
Desheredar a un hijo supone privarle de la herencia. Como ves es una cuestión seria, ya que en más o menos medida todo padre quiere asegurar el futuro de los hijos tras la muerte. La creencia generalizada de que hay que ayudar a nuestros hijos hasta el último hálito de nuestra vida no casa bien con desheredar a un hijo. Pero como sucede con todo, las cosas cambian con el paso del tiempo y esa percepción va difuminándose cada vez más. Razones no faltan. Hemos de partir de la base que la desheredar a un hijo comporta privarle incluso de su derecho a la legítima.
El derecho a la legítima, ¿qué es?
Como nos dice el Código Civil de Cataluña (artículo 451-2), la legítima es un derecho que nace tras la muerte del o de los causantes (los padres). En el mismo sentido se expresa el artículo 806 del Código Civil común. Se trata de la parte de la herencia de la cual no se puede disponer tras la nuestra muerte. Eso es así porqué la legitima hay que repartirla entre los herederos forzosos.
Y los hijos son herederos forzosos (artículo 807.1º del Código Civil común). De ahí que pueda afirmarse que lo mínimo que se les deja a los hijos tras la muerte y por imperativo legal es la legítima. Bien hablemos de la situación que regula el código civil común o el catalán, la situación se regula de la misma manera. De ahí que si queremos desheredar a un hijo, debamos hacerlo si concurren determinadas circunstancias. De lo contrario, nuestro hijo podrá buscar la nulidad de la concreta disposición testamentaria que pretende excluirlo de la herencia.
No es objeto de esta entrada detallarte lo que significa el derecho a la legítima. Lo que sí debes saber es que su regulación es diferente en Cataluña. Aquí, la legítima supone el derecho del heredero forzoso a concurrir con el resto de herederos forzosos a la 1/4 parte de la herencia del causante (artículo 451-5 del Código Civil de Cataluña). En los territorios de nuestro país en los que se aplica el derecho civil común, la legítima supone reservar para los herederos forzosos las 2/3 partes del haber hereditario.
Motivos que permiten desheredar a un hijo
Como hemos dicho, la regla es que los hijos son herederos forzosos y por ello tienen derecho a acceder a la herencia. Al menos tendrán derecho a acceder a la parte de la legítima que les corresponda. Ahora bien, también te hemos apuntado que existen motivos que permiten desheredar a un hijo. Así que si eres este artículo lo consultas en calidad de hijo de los causantes de la herencia y no quieres ser desheredado, también a ti te interesa saber lo que te vamos a contar.
Partimos de la estrecha relación entre padres e hijos que suele darse. Ese vínculo y la predisposición por cuidar de los nuestros incluso tras la muerte, justifican la existencia de los derechos hereditarios. La Ley regula desde la época romana esta cuestión y nuestro Legislador siempre ha tenido claro que la defensa de los derechos legitimarios era importante. Casi una cuestión de orden público. Ahora bien, el paso del tiempo da lugar a nuevas formas sociales y el respeto casi sacramental que existía antes por nuestros padres va desdibujándose. Durante la época romana, el padre tenía derecho incluso a decidir sobre la vida de sus hijos. Sí sí, como lo decimos. Así se refleja, a modo de ejemplo, en el artículo que te enlazamos aquí.
Ha llovido mucho desde entonces y ahora las cosas son muy diferentes. Cada vez se asiste con más frecuencia a situaciones en las que los hijos maltratan a sus padres. De esa realidad se hacen eco los medios de comunicación, denunciando una realidad muy triste. De ahí que ante determinadas situaciones, el causante de la herencia pueda decidir desheredar a un hijo. Si se rompen los cimientos en los que deba basarse la relación padres-hijos, tiene mucho sentido que la rotura de esa relación conlleve consecuencias. Desheredar a un hijo no se convierte en una cuestión caprichosa. Se debe a razones de peso y muy fundadas.
¿Qué nos dice el Código Civil de Cataluña?
Respecto a la posibilidad de desheredar a un hijo, la legislación catalana nos expone en su artículo 451-17 con causas que permiten desheredar a un hijo las siguientes:
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La denegación de alimentos al testador o a su cónyuge o conviviente en pareja estable, o a los ascendientes o descendientes del testador, cuando existe obligación de prestarlos.
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El maltrato grave al testador, a su cónyuge en pareja estable o a los ascendientes o descendientes del testador. Esta es de largo la causa más alegada para pretender desheredar a un hijo.
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La ausencia manifiesta y continuada de relación familiar entre el causante y el legitimario si es por causa exclusivamente imputable a los hijos.
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La suspensión o privación de la patria potestad que correspondía al progenitor legitimario sobre el hijo causante o de la que correspondía al hijo legitimario sobre un nieto del causante.
¡Aún hay mas! Son causas hábiles para desheredar a un hijo que éste pase de ver a sus padres y ni tan siquiera les llame para comprobar cómo están. Esa ausencia del hijo en la vida de sus padres ha de ser continuada y no ha de ser por culpa de los padres.
También son causas de desheredación que nuestros hijos nos peguen físicamente o agredan psíquicamente. Ese maltrato ha de ser grave, bien por derivar de uno o pocos actos de mucha gravedad, bien por mantenerse en el tiempo de forma prolongada.
Denegarle el auxilio a nuestros padres si estos necesitan de cuidados como vestido ropa, comida o atenciones para llevar una vida digna, también permiten desheredar a un hijo.
Otro motivo para desheredar en Cataluña es la concurrencia de las causas de indignidad del artículo 412-3. Entre los motivos que recoge ese artículo los más interesantes para el caso que nos ocupa son:
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Ser condenado por sentencia firme dictada en juicio penal por matar o intentar matar a los padres, o por haberles lesionado gravemente. También por haber atentado contra su libertad, por haberles torturado o haberles agredido sexualmente. Incluso por haber calumniado a nuestros padres si es que el delito cometido por el hijo tiene una pena de prisión no inferior a 3 años y ha sido condenado por sentencia firme en procedimiento penal.
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Otro grupo de situaciones que habilitan para desheredar a un hijo son las de inducir maliciosamente a nuestros padres para que modifiquen el testamento. También es causa hábil para desheredar a un hijo que éste destruya, esconda o altere el testamento u otra disposición por causa de muerte de los padres.
¿Qué nos dice el Código Civil común?
Aquí no observamos las diferencias que hemos apuntado antes en materia de derecho a la legítima. Las causas para desheredar a un hijo son muy parecidas a las que expone el Código Civil de Cataluña. Haber negado alimentos a los padres sin motivo o haberles maltratado o injuriado gravemente son causas para desheredar. Como ves, nos movemos en la idea de posibilitar al desheredación cuando el hijo como se comporta de forma correcta con sus padres. Ahora bien, no bastará un mal comportamiento puntual, a no ser que se trate de una agresión que cause lesiones de consideración a los padres. Atentar contra la vida de los padres también será causa suficiente para desheredara un hijo, tal y como regula también el derecho civil catalán.
Como desheredar a un hijo
Para desheredar a un hijo, los padres han de reflejar esa voluntad de forma expresa en el testamento indicando el nombre de la persona que quiera desheredarse. Es tan sencillo como eso. Ahora bien, desheredar a un hijo no dependerá sólo de nuestra voluntad. Deberán concurrir las causas que hemos expuesto antes. De lo contrario y tras nuestro fallecimiento, el hijo podrá intentar impugnar la causa de desheredación. Si existen sentencia firme en procedimiento penal lo tendrá muy difícil. Ahora bien, en otros casos será más difícil que se estime concurrente la causa de desheredación. Si el hijo impugna esa causa de desheredación, deberán de ser los otros herederos quienes junten las pruebas necesarias para demostrar su existencia.
Qué no comporta desheredar a un hijo
Desheredar a un hijo no comporta que deje de ser heredero. Es cierto que el hijo perderá el derecho a la legítima, pero al mantener su condición de heredero puede transmitir a su vez derechos sucesorios a sus descendientes (los nietos del causante para entendernos). Es decir, si el hijo desheredado fallece pero tras la muerte del abuelo vivían los nietos del hijo desheredador, a éstos no les afectará aquella causa de desheredación. Para poder desheredar a los nietos, también deberán de concurrir causas de desheredación en ellos. Podemos afirmar, pues, que el derecho a la legítima del hijo ya desheredado corresponderá ahora a sus propios hijos. No entraremos a analizar nuevamente la cuestión de la legítima en esta entrada, pero valga decir que habalmos de la legítima estricta.
Conclusiones acerca de la posibilidad de desheredar a un hijo
Como ves, la cuestión es muy extensa. Tanto que podríamos hacer un libro sobre este interesantísimo asunto. Ahora bien, lo que aquí pretendemos es darte unas pinceladas para que sepas si desheredar a un hijo es posible o no, por qué motivos y cómo hacerlo. En ese sentido hemos cumplido nuestras expectativas con esta entrada. Recuerda que en Tot Dret Advocats nos dedicamos al derecho de familia como una de nuestras principales especialidades. Puedes contar con nosotros para resolver tus problemas. Si este artículo te ha resultado útil, te enlazamos a otros artículos que también pueden ser de tu interés. Es nuestra forma de poder ayudarte desde el principio.