Después de haberte hablado de cuestiones relacionadas con la incapacidad permanente y cómo acceder a la incapacidad permanente, ahora le toca el turno a los cambios en el subsidio por desempleo. ¿Los conoces? Si el tema te interesa, ¡Sígueme!
¿Qué te explicamos en este artículo?
El subsidio por desempleo
Podemos definir el subsidio por desempleo como una prestación económica que se otorga a las personas que se encuentran en situación de desempleo y que cumplen los requisitos establecidos en la ley. Como norma general, se accede a esta prestación no contributiva una vez se agota la prestación por desempleo o «paro». Cabe decir que no, prestación por desempleo y subsidio por desempleo no son lo mismo.
Importe del subsidio por desempleo
La cantidad de este subsidio tiene relación con el IPREM o índice público de renta de efectos múltiples, que puedes consultar pinchando aquí. El importe del subsidio se corresponde con un porcentaje determinado de ese IPREM. Como verás a continuación, se ha mejorado el importe del subsidio de desempleo al incrementarse el porcentaje del IPREM que se tiene en cuenta para ello.
Antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 7/2023
Antes de la entrada en vigor de la norma citada, el importe del subsidio por desempleo era del 80% del IPREM. Para el año 2022, por ejemplo, la cuantía era de 540,41.-€ mensuales si el solicitante no tenía hijos. En caso de tener hijos, la cuantía mínima ascendía a 722,80.€, lo que suponía el 107% del IPREM.
Después de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 7/2023
Hablando de cambios en el subsidio de desempleo, este es de los más importantes. La cuantía del subsidio ha mejora con la reforma operada por la norma citada. Ahora es de 570.-€ mensuales (95% del IPREM) para los 6 primeros preses de prestación. La cantidad se reduce a 540.-€ mensuales (90% del IPREM) para los siguientes 6 meses. Esa cantidad se reduce a 480.-€ (80% del IPREM) en adelante. Esas cantidades han sido incrementadas recientemente, gracias a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 7/2023 de 19 de diciembre. Ese real decreto modifica artículos tan importantes de la ley general de seguridad social como lo es el artículo 274.1
Duración del subsidio por desempleo
La duración del subsidio por desempleo es variable. Es de 21 meses si has cotizado 6 meses o más. Si has cotizado menos, durará lo mismo que hayas cotizado. Es decir, si acreditas cotizaciones totales a la Seguridad Social por 3, 4 o 5 meses, el subsidio durará ese mismo tiempo.
La reforma operada por el real decreto-ley 7/2023 simplifica los trámites, suprimiendo el plazo de espera anterior. Debes saber también que hay un plazo para solicitarla, de 6 meses en función de cada caso. Si no sabes si puedes solicitar el subsidio por desempleo, puedes contactar con nosotros.
Un novedad que introduce el Real Decreto-Ley 7/2023 es que la prórroga de los plazos pasa de ser semestral a trimestral. El objetivo es incentivar a la persona que percibe el subsidio para que esté en él el menor tiempo posible. Es decir, tiene la función de fomentar la búsqueda de nuevo empleo antes que limitarse a consumir este subsidio hasta el último día. Con la reciente reforma, estas son las duraciones máximas del subsidio de desempleo cuando se viene de una situación previa de agotamiento de la prestación por desempleo.
Estas son las novedades más importantes que trae consigo el real decreto-ley 7/2023 en materia de subsidio por desempleo. Esperamos que este artículo sea de tu interés y te ayude a saber si puedes acceder a este subsidio, por qué tiempo y con qué importes. Nos vemos en una nueva entrada.