En entradas anteriores te hemos contado todo sobre la incapacidad permanente. En esta ocasión te hablamos de la posibilidad de pedir una incapacidad permanente por dolor de cabeza. ¿El tema te interesa?¡Sígueme!
Si sufres de dolores de cabeza o cefaleas recurrentes o migrañas, puede que estés pensando en la posibilidad de acceder a una incapacidad permanente total o hasta una incapacidad permanente absoluta. Lo primero que vamos a hacer en esta entrada, es indicar de qué hablamos cuando hablamos de «dolor de cabeza». Debes saber que existen muchos tipos de dolor de cabeza pero no todos permiten acceder a una incapacidad permanente. En este artículo nos referimos a:
¿Qué te explicamos en este artículo?
Como ya te hemos dicho, no todo dolor de cabeza permite acceder a una incapacidad permanente. Para ello debemos saber ante qué tipo de dolor nos encontramos. Si no lo sabes o tienes dudas, puedes consultar con nuestro perito médico.
Para saber cuál es tu estado de saludo, deberemos consultar tu historia clínica y tus informes médicos. Los informes más importantes en este caso serán los redactados por tu neurólogo. Consultados esos informes, veremos qué tipo de dolor de cabeza, de los descritos, acontece en tu caso. También podremos ver la intensidad del dolor, su persistencia y recurrencia, su carácter crónico y definitivo. Todos estos factores serán importantes a la hora de ver si es posible solicitar una incapacidad permanente.
En función del mayor o menor intensidad del dolor de cabeza, podrás trabajar o no. También habrá que tener en cuenta si es dolor es persistente o no. Si ese dolor se produce sólo por la noche, si tienes posibilidades de curarte o mejorar. Resulta muy importante, en función de tu tipo de trabajo, si el dolor incrementa con la luz (fotobofia) o bien con el ruido (sonofobia).
Siempre trabajaremos buscando un objetivo claro. Para solicitar una incapacidad permanente, has de poder demostrar que tu dolor de cabeza es grave e incapacitante. Tanto como para impedirte realizar tu trabajo habitual (incapacidad permanente total) o cualquier tipo de trabajo (incapacidad permanente absoluta). Ese dolor debe ser limitante, tanto para trabajar como en tu día a día. La incapacidad permanente por dolor de cabeza sólo se concederá si se dan las circunstancias que te hemos expuesto.
Si valoramos que en tu caso es posible solicitar una incapacidad permanente, deberemos ver qué tipo solicitar. Y es que la incapacidad permanente por dolor de cabeza puede ser una incapacidad permanente:
Como ves, sí es posible acceder a una incapacidad permanente parcial, total o absoluta, por dolor de cabeza. Como te hemos señalado, no todo dolor de cabeza permite acceder a la incapacidad. Ese dolor ha de ser grave, severo, crónico, recurrente y no ser curable o o no responder a ningún tratamiento médico. Sólo ese tipo de dolor te permitirá superar el tribunal médico de acuerdo con los requisitos de la LGSS.
Para ello, debemos acreditar que las limitaciones que causa tu dolor de cabeza, son intensas, perdurables en el tiempo y son limitantes. Sólo así maximizarás tus posibilidades de acceder a una incapacidad permanente por dolor de cabeza.
La incapacidad permanente se inicia presentando una solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social o al Instituto de la Marina, según corresponda. Existen formularios tipo de solicitud pero nosotros preferimos redactar ese escrito, haciendo un traje a medida del cliente. Ese escrito de solicitud lo hacemos tras reunirnos contigo, ver tu documentación médica y evaluar tu situación con nuestro perito médico si quieres que él revise tu documentación médica.
Una vez presentado ese escrito, deberás pasar por el tribunal médico y superar ese examen. En caso contrario, la solicitud de incapacidad permanente será denegada. Si esto sucede, puedes recurrir la resolución del INSS ante el mismo órgano o bien acudir la jurisdicción social para que un Juez resuelva tu solicitud. Desde que te notifiquen la resolución denegando la incapacidad permanente, tienes 30 días hábiles para recurrir al propio INSS. Si este organismo deniega el recurso, también podrás acudir a los tribunales en última instancia.
Para que sepas en qué fases estarás en cada momento al solicitar la incapacidad permanente por dolor de cabeza, te exponemos las etapas y plazos más relevantes durante la tramitación de tu incapacidad permanente:
Etapa de la solicitud | Plazo para realizar alguna acción frente al INSS o tribunales |
---|---|
Solicitud de incapacidad permanente | Sin plazo. La persona puede presentar la solicitud en cualquier momento, aunque se recomienda hacerlo lo antes posible. |
Evaluación médica del INSS | Variable. Dependerá del tiempo que el INSS requiera para realizar la evaluación médica y recopilar la documentación necesaria. |
Resolución del INSS | Hasta 135 días hábiles desde la presentación de la solicitud. En caso de que se necesite realizar una evaluación médica complementaria, este plazo puede ampliarse hasta un máximo de 165 días hábiles. |
Recurso de reposición | 30 días hábiles desde la notificación de la resolución del INSS. |
Resolución del recurso de reposición | Hasta 3 meses desde la presentación del recurso de reposición. |
Recurso contencioso-administrativo | 30 días hábiles desde la notificación de la resolución del recurso de reposición. |
Como te hemos indicado, sí es posible acceder a una incapacidad permanente por dolor de cabeza. Ahora bien, ese dolor de cabeza ha de ser intenso, incapacitante y no responder a ningún tratamiento médico. Sólo en esos casos, estás cerca de acceder a pensión de incapacidad permanente. Además, recuerda que el INSS puede revisar ese grado de incapacidad por mejoría. Si tienes dudas o quieres tramitar una solicitud de incapacidad permanente, podemos asesorarte con garantías de éxito.
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