Derecho de família

Echar de casa a un hijo mayor de edad si no hace nada

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En otra ocasión ya hablamos un poco de la posibilidad de echar a tu hijo de casa. En esta ocasión vamos a seguir abordando este tema. Es triste tener que echar a un hijo de casa. Por muy mayor que sea. Ahora bien, muchas veces se generan situaciones insoportables y que afectan a la salud de los padres. En esta ocasión ampliamos infromación para tratar si se puede echar de casa a un hijo mayor de edad. ¡Sígueme!

La obligación de los padres

¿Tienen los padres obligación de seguir manteniendo a un hijo cuando ya es mayor de edad? Esta es la primera pregunta que hemos de analizar para saber si se puede echar de casa a un hijo mayor de edad. La respuesta nos la da el artículo 143.2 del Código Civil. Ese artículo nos dice que los ascendientes están obligados a dar alimentos a los hijos. Es decir, existe una obligación de dar alimentos a tu hijo mayor de edad. Ahora bien, aquella obligación no tiene, ni de lejos, la intensidad que tiene con el hijo menor de edad. Fíjate que en el caso del hijo menor de edad, los alimentos comprenden también las necesidades habitacionales (artículo 142 del mismo Código Civil).

La obligación de los hijos en casa

Para saber si se puede echar de casa a un hijo mayor de edad, también hemos de responder a esta cuestión. Algo que los hijos suelen pasar por alto, es lo siguiente. El artículo 155 del mismo Código Civil indica, sin distinguir entre hijos menores o mayores de edad, que deben:

  1. Obedecer a sus apdres mientras permanezcan bajo su potestad. Es decir, mientras sean menores de edad o siendo mayores de edad, se prolongue esa potestad (por ejemplo, el caso de personas discapacitadas).
  2. Respetar siempre a sus padres. Aquí no hay distinción alguna en función de si se conserva o no la patria potestad. No puede consentirse, en modo alguno, que un hijo le falte el respeto a sus padres por muy mayor de edad que ese hijo o hija sean.
  3. Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.

Esta última obligación es muy importante. En primer lugar por ser eso, una obligación. No depende del hijo mayor de edad el contribuir o no en casa. Debe hacerlo. Si ya ha finalizado sus estudios o no estudia, debe trabajar y contribuir aportando dinero en casa. De forma equitativa, sí. Pero debe de hacerlo si quiere seguir viviendo con sus padres.

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Te recomiendo que accedas al artículo del que te he hablado al inicio de este artículo, pues ambos se complementan. No hablamos de echar de casa a un hijo de 20 años que estudia y se esfuerza por superar las asignaturas. Tampoco hablamos aquí del hijo que trabaja y le pasa a los padres parte de sus ingresos. Esa es seguramente la forman en la que los padres esperan que sus hijos se comportan una vez alcanzan la mayoría de edad. Con madurez y con responsabilidad.

 

¿Se puede echar de casa a un hijo mayor de edad?

La respuesta será que sí, siempre que el hijo o hija no respete a sus padres y pase de contribuir al levantamiento de las cargas familiares. ¿Cómo se contribuye a ese levantamiento «equitativo»? Aportando dinero para comprar comida, por ejemplo. Si tienes instalado en casa internet sólo por el capricho de tu hijo mayor de edad, debe pagarlo él. También debe contribuir al pago de luz, agua y gas. Si estáis de alquiler, también debería aportar dinero para sufragar ese gasto.

No podemos echar a nuestro hijo de casa si está estudiando. Pero estudiando de verdad. El simple hecho de matricularse en la univesidad, sin ir a clase ni aprobar, no vale. En casos en los que existan malos tratos, obviamente se le podrá echar de casa. De hecho y en función de la gravedad de los malos tratos, es recomendable solicitar una orden de protección. Por muy duro que resulte, los padres no han de dejarse literalmente la vida en el mantenimiento de los hijos mayores de edad.

 

¿Cómo echar de casa al hijo mayor de edad?

Deberás recurrir a un procedimiento judicial llamado «juicio de deshaucio por precario«. Es un procedimiento relativamente simple y se sigue por el cauce del llamado «juicio verbal», que en principio es más rapido que el procedimiento ordinario, que consta de una fase más. Para acudir a ese procedimiento necesitarás un abogado sensibilizado en asuntos como el tuyo y un procurador. Lamentamos que sea así, pues bastante tienes con tu situación, pero no existe otra alternativa si tu hijo o hija no se quieren ir voluntariamente.

El precario es la persona que habita en una vivienda pero lo hace sin título ni consentimiento del propietario. Esa es precisamente la situación en la que se encuentra tu hijo mayor de edad si no quieres que siga allí residiendo. No tienes obligación de mantener en tu casa a un hijo mayor de edad que no quiere hacer nada y que tal vez, te falte incluso al respeto.

 

Conclusiones

Como padres y pese a que tu hijo sea mayor de edad, mantienes unas obligaciones. La más importante, la de proporcionar alimentos a tu hijo o hija si verdaderamente no pueden acceder al mercado laboral.

Por contrapartida, si tu hijo o hija mayores de edad quieren seguir en tu casa, tienen obligaciones. Lo primero es que deben respetarte y eso no es negociable. Lo segundo es que tienen el deber de contribuir con las cargas familiares.

Si tu hijo o hija no hacen nada en casa (no estudian y no trabajan), lo primero es hacerles recapacitar. Si no es posible hablar con ellos, os torean y no cambian su actitud, hay que hacer algo. Ese algo es conminarse para que busquen un piso o habitación donde vivir.

Si el diálogo con ellos no sirve y la situación es insostenible, sí puedes echar de casa a un hijo mayor de edad. Para ello deberas acudir a los Juzgados con abogado y Procurador. Deberás instar un procedimiento de deshaucio por precario contra tu hijo o hija.

Si crees que podemos ayudarte, debajo de este artículo puedes dejarnos un comentario. También puedes contactar con nosotros para que examinemos tu caso y te podamos orientar. Además, te invitamos a que consultes otros artículos de nuestra web. Esperamos que encuentras la solución a otras dudas o problemas que te hayan surgido.

Ferran Herrera

Advocat/ Abogado Col. ICAB

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