
El permiso de 6 horas para buscar empleo existe, pero no es un permiso general para cualquier trabajador que quiera cambiar de empresa. El artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores permite ausentarse del trabajo para buscar otro empleo durante el preaviso de un despido objetivo, cobrando el salario correspondiente a esas horas. El preaviso es el tiempo entre la comunicación del despido y la fecha en que termina el contrato. Son seis horas semanales, no diarias.
Una noticia puede ayudarte a descubrir un derecho. Para ejercerlo sin equivocarte necesitas saber cuándo se aplica, cómo pedirlo y qué hacer si la empresa lo rechaza. Aquí aclaramos esas cuestiones, también para quienes trabajan en Cataluña.
¿Qué conviene matizar de la noticia sobre las seis horas retribuidas?
La noticia publicada por La Razón el 6 de mayo de 2026 trata un derecho útil y, en su desarrollo, lo vincula correctamente al despido objetivo y al preaviso. Sin embargo, hay precisiones relevantes para evitar decisiones equivocadas.
No se trata de una novedad estrenada en 2026. El permiso ya figuraba en el texto del Estatuto aprobado en 2015. Presentarlo como algo que ya está en vigor puede llamar la atención, pero no debe confundirse con una reforma reciente ni con un derecho universal a ausentarse para buscar trabajo.
La noticia incluye como causa de despido unas faltas de asistencia justificadas que se producen de forma intermitente. Esa causa legal fue eliminada en 2020. El artículo 52.d del Estatuto, que antes la regulaba, está derogado. Puede comprobarse en la Ley 1/2020 y en la redacción vigente del Estatuto. Incluir esa causa en una explicación actual desorienta especialmente a quien está enfermo.
También hay que explicar cuándo la empresa puede entregar la carta sin poner la indemnización a disposición del trabajador en ese momento. No basta con alegar que no tiene dinero disponible para pagar. Más adelante explicamos sus requisitos. Estas precisiones cambian la respuesta práctica; no son simples diferencias de estilo.
¿Quién puede pedir el permiso de 6 horas para buscar empleo?
El supuesto principal es el trabajador que recibe una carta de despido objetivo y sigue trabajando hasta la fecha de terminación indicada en ella. El artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores establece un preaviso de quince días: la empresa debe comunicar el despido con esa antelación a la fecha en que termina el contrato. Durante ese período se reconoce el permiso semanal para buscar un nuevo empleo.
Por ejemplo, si la empresa te comunica que tu contrato terminará dentro de quince días por causas económicas y debes seguir trabajando hasta entonces, puedes solicitar el permiso. La empresa debe acreditar la causa del despido si se discute judicialmente: escribir «causas económicas» no demuestra por sí solo que existan.
En un despido colectivo también hay que examinar la comunicación individual y el preaviso correspondiente. En cambio, un ERTE, por sí mismo, no activa esta licencia, porque no extingue el contrato.
Tampoco nace automáticamente por una baja voluntaria, un despido disciplinario o la finalización ordinaria de un contrato temporal. Que debas avisar de tu dimisión o que la empresa deba avisarte del fin de un contrato temporal no significa, por sí solo, que te corresponda este permiso. Revisa, no obstante, si tu convenio o un acuerdo reconoce una mejora. En Cataluña esta regulación laboral estatal también resulta aplicable.
¿Son seis horas a la semana? ¿Se recuperan o se descuentan del salario?
Puedes ausentarte seis horas cada semana para buscar empleo durante el preaviso, cobrando esas horas. No debes recuperarlas como si hubieras cambiado un turno, ni convertirlas en vacaciones. Utilizar correctamente la licencia no permite reducir el salario correspondiente a ese tiempo.
Conviene separar los quince días naturales de preaviso de las horas de permiso que se disfrutan dentro de la jornada. No son quince días hábiles ni seis horas cada día. Tampoco es prudente afirmar que todo preaviso genera automáticamente una bolsa exacta de doce o dieciocho horas: hay que concretar fechas, semanas, jornada y distribución.
El artículo 53.2 no explica si puedes juntar las horas de distintas semanas ni cómo hacerlo. Puedes proponer una distribución razonable según tus gestiones: varias entrevistas cortas o una ausencia más larga. No acumules unilateralmente todas las horas para dejar de acudir varios días. Deja la propuesta por escrito y procura concretar su organización antes de ausentarte.
Si tienes una entrevista de dos horas, comunica también el tiempo de desplazamiento que necesitas. La finalidad es hacer viable la búsqueda, sin presentar cualquier ausencia como si estuviera automáticamente cubierta.
¿Sirve para entrevistas, enviar currículums o realizar pruebas de selección?
La finalidad legal es buscar un nuevo empleo, no exclusivamente acudir a una entrevista presencial. Una entrevista por videollamada, una prueba de selección o una gestión real para encontrar trabajo pueden encajar. El tiempo que pidas debe servir realmente para buscar trabajo.
Para evitar conflictos, explica la gestión con la concreción necesaria. No necesitas afirmar que tienes una oferta si solo estás participando en un proceso. Tampoco utilices el permiso para asuntos personales ajenos a su finalidad.
El artículo 53.2 no establece un formulario obligatorio ni impone expresamente un aviso de 24 o 48 horas. Eso no convierte la licencia en una autorización para desaparecer sin avisar. Solicítala con antelación razonable, atendiendo al convenio y a las circunstancias, y conserva acreditación de la gestión cuando puedas.
Un correo de convocatoria o una confirmación de asistencia pueden ayudar. Facilita información proporcionada, sin entregar indiscriminadamente conversaciones privadas, contraseñas o documentación confidencial del proceso de selección. Debes poder explicar que utilizaste el permiso para buscar empleo, sin entregar más información privada de la necesaria.
¿Cómo solicito el permiso a la empresa? Modelo orientativo
Presenta la solicitud por un medio que te permita guardar lo que pediste y demostrar que la empresa lo recibió. Puedes usar un correo dirigido a recursos humanos, el portal de personal o un escrito del que te devuelvan una copia firmada o sellada. Una conversación verbal puede servir para organizarlo, pero resulta más difícil demostrar después qué pediste.
Asunto: solicitud de licencia para buscar empleo durante el preaviso.
He recibido el día [fecha de recepción de la carta] la comunicación de despido objetivo. La carta indica que mi contrato terminará el [fecha de terminación del contrato]. Durante el período de preaviso solicito disfrutar de la licencia retribuida del artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores el día [fecha], de [hora] a [hora], para [gestión de búsqueda de empleo].
Solicito [número de horas] correspondientes a la semana del [fecha] al [fecha]. En esa semana ya he utilizado [número, o cero] horas de este permiso. Adjunto [documento, si procede]. Les pido que confirmen que han recibido esta solicitud y que me comuniquen cualquier dificultad concreta con el horario propuesto.
Solicitar este permiso no significa que esté de acuerdo con el despido. [Nombre, fecha y firma].
Adapta el modelo a tu situación: no inventes una convocatoria ni afirmes que no has consumido horas si ya las utilizaste. Conserva la respuesta y las comunicaciones posteriores. Si la empresa propone otro horario, comprueba que no haga imposible una entrevista cuya hora no puedes cambiar.
¿Qué hago si la empresa me niega las seis horas?
Pide que concrete el motivo por escrito. No es lo mismo discutir una franja horaria que negar cualquier permiso pese a existir un preaviso de despido objetivo. Reitera las fechas, la finalidad y la solución que propones.
No des por hecho que la negativa convierte automáticamente el despido en nulo o improcedente. Hay que analizar por separado la extinción, el incumplimiento del permiso y sus consecuencias. Tampoco existe una indemnización automática de cuantía fija por cada denegación.
Ante una entrevista inminente, conviene obtener asesoramiento con la documentación disponible antes de actuar unilateralmente. Puede valorarse una reclamación y, cuando proceda, acudir a Inspección de Trabajo. Presentar una denuncia ante Inspección de Trabajo no sustituye la reclamación contra el despido ni suspende por sí solo el plazo para impugnarlo.
En Tot Dret Advocats podemos revisar la carta, el convenio y la negativa para ayudarte a decidir cómo responder y qué reclamar. Una petición bien planteada puede evitar que un problema de organización termine convertido en un conflicto sobre ausencias.
¿Y si me despiden de inmediato y me pagan el preaviso?
Si el contrato termina el mismo día en que te comunican el despido, ya no tienes que acudir a trabajar los días siguientes. Por eso no puedes disfrutar después de horas de ausencia mediante este permiso. Debes comprobar si la empresa te paga los días de preaviso que no te ha concedido y si el despido cumple los requisitos legales.
El artículo 53.4 establece que la falta de preaviso no determina por sí sola la improcedencia, aunque obliga a pagar los salarios de ese período. Cobrar los días de preaviso que faltan no genera automáticamente otro pago adicional por las horas de permiso que ya no vas a utilizar.
Como ejemplo simplificado, si faltan cinco días de preaviso y el salario diario computable es de 70 euros, la cantidad por esos días sería de 350 euros. El cálculo real requiere revisar los conceptos salariales y las fechas; no basta con dividir a ojo la última transferencia.
Comprueba que el finiquito identifique qué se paga por salario, vacaciones pendientes, indemnización y preaviso. Que aparezca una cifra global no permite saber si todos los conceptos están correctamente satisfechos.
¿Pedir el permiso o cobrar la indemnización significa aceptar el despido?
No. El artículo 121.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social aclara que recibir la indemnización ofrecida o utilizar el permiso no supone conformidad con la extinción ni impide impugnarla.
Antes de firmar, comprueba si el documento solo acredita que has recibido dinero o si también incluye un acuerdo para cerrar el conflicto o renunciar a reclamaciones. Esas cláusulas requieren una revisión propia. Lee el documento completo y solicita copia.
En el despido objetivo, la regla general obliga a la empresa a poner a tu disposición la indemnización cuando te entrega la carta. Su importe es de veinte días de salario por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades. Los períodos de trabajo inferiores a un año se calculan proporcionalmente por meses.
La empresa puede acogerse a la excepción del artículo 53.1.b cuando el despido se basa en causas económicas del artículo 52.c y esa situación económica le impide pagar la indemnización al entregar la carta. Debe explicar esa imposibilidad en la propia carta y acreditarla si se discute. No basta decir que falta dinero, ni se elimina la obligación de pagar: el trabajador puede exigir la indemnización cuando llegue la fecha en que termina su contrato por el despido.
¿Qué enseñan dos casos judiciales sobre permiso y preaviso?
Un fijo discontinuo inactivo conservaba el derecho al preaviso
El TSJ de Andalucía, sede de Granada, en su sentencia 447/2022, de 10 de marzo, recurso 2257/2021, ECLI:ES:TSJAND:2022:3523, examinó la extinción de un trabajador fijo discontinuo durante la inactividad.
Su fundamento octavo distingue dos cuestiones: mientras no se trabaja, no hace falta liberarse de jornada para buscar empleo; pero eso no elimina el derecho al preaviso de la extinción. El tribunal reconoció al trabajador 988,65 euros porque la empresa no le había concedido el preaviso. La enseñanza es práctica: no necesitar horas de ausencia no equivale a renunciar al preaviso.
Declarar el despido improcedente no eliminaba el pago del preaviso
El TSJ de Madrid, en la sentencia 368/2026, de 24 de junio, recurso 228/2026, ECLI:ES:TSJM:2026:8889, analizó un despido comunicado con efectos inmediatos. La empresa defendía que, al haberse declarado el despido improcedente, ya no tenía que pagar además los días de preaviso que no había concedido.
El tribunal rechazó ese argumento en el fundamento cuarto de la sentencia, aplicando los artículos 53.4 del Estatuto y 123.2 de la ley procesal laboral. Mantuvo la obligación de pagar 1.113,51 euros por falta de preaviso, además de las consecuencias que correspondían por el despido improcedente.
Estas resoluciones no fijan cuántas horas puedes acumular ni justifican faltar sin solicitarlo. Sirven para comprender por qué es necesario revisar separadamente cada derecho y cada partida económica.
¿Qué ocurre con la jornada parcial, la baja médica o el empleo del hogar?
Jornada parcial. No debe excluirse el derecho simplemente por trabajar menos horas. El artículo 12.4.d reconoce los mismos derechos a los trabajadores a tiempo parcial, aunque permite adaptar algunos en proporción a la jornada cuando corresponda. El artículo 53.2 no dice expresamente que quien trabaja a media jornada tenga tres horas de permiso. No conviene dar esa cifra por automática sin revisar la regulación aplicable a tu contrato y convenio.
Baja médica. Mientras estás de baja médica por incapacidad temporal no tienes que acudir a trabajar, por lo que no necesitas este permiso para ausentarte. Eso no resuelve por sí solo si la empresa debe pagarte días de preaviso que no te haya concedido: esa cuestión debe estudiarse por separado. Si tu preocupación es el propio despido durante la enfermedad, consulta nuestro artículo sobre si te pueden despedir estando de baja.
Empleo del hogar. Tiene una regulación especial. El artículo 11 del Real Decreto 1620/2011 establece reglas propias para las causas especiales de terminación del contrato que regula. El preaviso es de al menos veinte días si llevas más de un año prestando servicios, y de siete días en los demás casos. Durante ese preaviso, si trabajas a jornada completa, tienes seis horas semanales retribuidas para buscar empleo. Aquí no se aplica automáticamente el preaviso general de quince días.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar y por qué conviene revisar la carta pronto?
Tienes veinte días hábiles para impugnar el despido. El plazo se cuenta desde el día siguiente a la fecha en que termina tu contrato por ese despido. Debes distinguir dos situaciones:
- La empresa te comunica el despido y el contrato termina ese mismo día: el plazo se cuenta desde el día siguiente al de esa comunicación.
- La empresa te comunica el despido con antelación y señala una fecha posterior de terminación del contrato: el plazo se cuenta desde el día siguiente a esa fecha posterior, no desde el día siguiente a la entrega de la carta.
Por ejemplo, si recibes la carta el 1 de septiembre y el contrato termina por el despido el 15 de septiembre, el cómputo comienza el 16 de septiembre. Solo se cuentan los días hábiles: se excluyen sábados, domingos y festivos en la sede judicial.
En el despido objetivo puedes impugnar desde que recibes la comunicación de preaviso, aunque el contrato todavía no haya terminado. Así lo permite el artículo 121.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción social. Poder reclamar antes no adelanta el inicio del plazo de veinte días. Si la carta llega tarde, indica una fecha de despido anterior a su recepción o no hay comunicación escrita, hay que revisar específicamente cuándo conociste el despido y cómo acreditarlo.
Presentar la papeleta de conciliación —la solicitud para intentar un acuerdo con la empresa antes del juicio— detiene temporalmente el plazo para impugnar el despido. El plazo vuelve a correr al día siguiente del intento de conciliación o cuando hayan transcurrido quince días hábiles desde la presentación de la papeleta sin que se haya celebrado el acto, según el artículo 65 de la ley procesal laboral. No vuelves a disponer de veinte días completos: solo te quedan los que no habías consumido antes de presentar la papeleta.
Aunque puedes presentar la papeleta personalmente, su contenido condiciona la demanda posterior. El artículo 80.1.c limita introducir hechos distintos de los alegados en conciliación, con excepciones para hechos nuevos o que no pudieron conocerse antes. Por eso importa explicar correctamente lo sucedido y lo que solicitas.
Si dudas de cuándo empieza tu plazo o de cómo reclamar, nuestro servicio de asesoramiento en Derecho laboral puede ayudarte a revisar la documentación y preparar la actuación adecuada.
¿Por qué conviene contrastar una noticia laboral con asesoramiento especializado?
La prensa generalista cumple una función valiosa al acercar derechos al público. Pero un titular no examina tu contrato, tu convenio ni la carta que has recibido. Y una referencia derogada puede llevarte a aceptar una explicación que ya no responde al Derecho vigente.
La confianza en un despacho debe apoyarse en su rigor: explicar la norma aplicable, reconocer los límites, distinguir supuestos y traducirlos en pasos útiles. El valor del asesoramiento no consiste en repetir que tienes un derecho, sino en comprobar si te corresponde y cómo protegerlo en tu caso.
Para consultar, reúne carta de despido, contrato, últimas nóminas, convenio si lo conoces, solicitud del permiso y respuesta empresarial. Anota por separado el día en que recibiste la carta de despido y la fecha en que la carta indica que termina tu contrato. En Tot Dret Advocats podemos estudiar esos documentos contigo, revisar los importes y valorar la reclamación. Así podrás decidir con una explicación adaptada a tu situación.
¿Cómo podemos ayudarte?
Cuéntanos tu situación y las dudas que necesitas resolver. Estudiaremos contigo cómo abordar tu caso y proteger lo que más te importa.
