Implante dental mal colocado: cómo reclamar el coste de repararlo y una indemnización

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Paciente y odontóloga revisando una radiografía y la documentación de un implante dental

Si un implante dental está mal colocado y esa actuación te ha causado daños, puedes reclamar los gastos necesarios para corregirlos y una indemnización por las lesiones acreditadas. Pero que el implante duela, se pierda o no responda a tus expectativas no demuestra por sí solo una negligencia. La clave está en identificar el error, sus consecuencias y la prueba que permite relacionarlos.

La preocupación suele ser doble: necesitas solucionar el problema de salud y no quieres pagar otra vez por un tratamiento que debía estar bien realizado. A veces la clínica ofrece repetirlo gratis; otras atribuye el resultado a un «rechazo». Antes de aceptar una explicación o firmar un acuerdo, conviene saber qué documentación pedir y cómo conservar las pruebas sin retrasar la atención necesaria.

¿Cuándo se puede reclamar por un implante dental mal colocado?

Hay que acreditar una actuación incorrecta, un daño y una relación entre ambos. Puede discutirse la planificación, la posición del implante, la ejecución de la intervención o la respuesta ante una complicación. El análisis debe hacerse con los datos clínicos y las circunstancias existentes cuando se prestó la asistencia, no únicamente porque después apareció un problema.

Por ejemplo, puede ser relevante comprobar si se valoraron adecuadamente las estructuras anatómicas, si la posición comprometía un nervio o si los síntomas posteriores requerían una actuación que se demoró. Corresponde a un profesional cualificado valorar esas cuestiones. Una fotografía de la sonrisa, por sí sola, rara vez permite resolverlas.

La odontología no garantiza siempre un resultado perfecto. Incluso un tratamiento correctamente indicado y ejecutado puede fracasar. Otra cosa es que se haya asumido una garantía concreta o incumplido una prestación contratada: por eso también interesan el presupuesto, la publicidad y los compromisos escritos.

Si tu problema afecta a varios tratamientos o a una clínica que dejó de atenderte, en nuestra página sobre reclamaciones por negligencias odontológicas explicamos otras situaciones. Aquí nos centramos en el implante mal colocado, la reparación y la prueba del perjuicio.

Un caso real: 21.345,58 euros por un implante mal colocado

La Audiencia Provincial de Asturias, Sección 6.ª, sentencia 5/2026, de 21 de enero, examinó el caso de una paciente que sufrió alteraciones de sensibilidad después de recibir un implante. Una prueba posterior mostró que invadía el canal dentario. Tras otras intervenciones, el implante fue retirado.

La Audiencia apreció deficiencias en la actuación inicial y en el seguimiento. La reclamación había sido rechazada en primera instancia, pero el recurso prosperó parcialmente. El tribunal no dio por buena toda la cantidad solicitada: distinguió los daños relacionados con el tratamiento incorrecto de los conceptos que no consideró acreditados.

La condena a la aseguradora ascendió a 21.345,58 euros: 12.264,68 euros por perjuicio temporal, 6.870,90 euros por la secuela de parestesia y 2.210 euros por gastos correctores, además de los intereses establecidos en la resolución. La paciente había pedido una cantidad muy superior.

El tribunal no atribuyó al implante la pérdida del molar que ya estaba fracturado ni aceptó sin prueba todas las consecuencias alegadas. Este caso muestra por qué una reclamación sólida debe separar cada partida y explicar su relación con la negligencia. La cifra de aquella sentencia no es una tarifa aplicable a cualquier implante.

¿Por qué puede perderse una reclamación aunque el tratamiento haya ido mal?

Porque el tribunal necesita pruebas de la responsabilidad, no solo de la insatisfacción. La Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 17.ª, sentencia 339/2023, de 29 de junio, confirmó la desestimación de una reclamación en la que no se acreditó la mala praxis denunciada.

En aquel asunto seguían siendo viables once de los doce implantes. La paciente había abandonado el tratamiento y el informe pericial aportado no partía de la historia clínica completa. Los justificantes de pagos posteriores tampoco concretaban suficientemente qué actuaciones se habían realizado para corregir un error atribuible a la clínica demandada.

No significa que cambiar de dentista te haga perder el derecho a reclamar. Significa que es necesario documentar el motivo del cambio, el estado de la boca y las actuaciones posteriores. Una factura acredita un pago, pero puede no explicar qué daño se reparó ni quién lo causó.

El fracaso de un implante tampoco convierte automáticamente en defectuosos todos los demás. Antes de pedir el coste de rehacer una rehabilitación completa, el perito debe explicar qué piezas necesitan intervención y por qué. Una reclamación proporcionada y bien acreditada es más defendible que una suma indiscriminada de gastos.

¿Qué hago primero si tengo dolor, pérdida de sensibilidad o problemas al masticar?

Busca valoración sanitaria y explica cuándo comenzaron los síntomas. Si hay empeoramiento importante, una infección u otra situación urgente, la atención no debe esperar a que se prepare una reclamación. El abogado no puede determinar a distancia si el implante necesita retirarse ni qué prueba médica procede.

Comunica también el problema por escrito a la clínica y conserva la respuesta. Pide que se documenten las exploraciones, el diagnóstico y el tratamiento recomendado. Evita quedarte únicamente con conversaciones telefónicas difíciles de reconstruir meses después.

Cuando la situación clínica lo permita, es útil obtener una segunda valoración antes de modificar la zona. Si resulta necesaria una actuación urgente, pide al nuevo profesional que documente el estado previo y lo realizado. Conservar prueba no significa mantener un tratamiento perjudicial para tu salud.

No suspendas revisiones necesarias sin una alternativa asistencial. Si has perdido la confianza, deja constancia del motivo y organiza la continuidad con otro profesional. El seguimiento y tu colaboración pueden ser relevantes para distinguir el daño inicial de complicaciones posteriores.

¿Qué documentación tengo derecho a pedir a la clínica?

El artículo 18 de la Ley de autonomía del paciente reconoce el derecho a acceder a la historia clínica y obtener copia, con los límites legales relativos, entre otros, a terceros y determinadas anotaciones profesionales. No tienes que conformarte con un resumen comercial del tratamiento.

  • Historia clínica, exploraciones, planificación y evolución de las consultas.
  • Radiografías y demás pruebas disponibles, preferiblemente también en el formato digital en que puedan examinarse.
  • Consentimientos informados y documentación sobre las alternativas y riesgos explicados.
  • Presupuesto, contrato, facturas, justificantes de pago y, si existe, financiación.
  • Datos del implante y documentación de las intervenciones que conste en tu expediente.
  • Comunicaciones sobre molestias, revisiones, reparaciones ofrecidas y reclamaciones anteriores.

Conserva una copia ordenada por fechas. Si faltan documentos, solicita que se complete la entrega. No alteres los originales ni selecciones solo los informes favorables: un perito necesita conocer también el estado anterior de la boca y las posibles explicaciones alternativas.

¿Necesito un informe pericial odontológico?

En una reclamación por lesiones derivadas de una mala colocación suele ser una prueba central. El informe debe explicar qué actuación era exigible, qué se hizo, dónde se aprecia la desviación y qué consecuencias pueden atribuirse a ella. No basta decir que el resultado «no es correcto».

Un buen análisis distingue la enfermedad previa, la complicación posible y el daño evitable. También valora el seguimiento, las pruebas diagnósticas pertinentes y la influencia de tratamientos posteriores. La causalidad puede ser discutida si han intervenido varios profesionales.

Conviene que la valoración económica se corresponda con las conclusiones médicas. Si se propone retirar varios implantes, debe justificarse cuáles y por qué. Si se reclama una secuela, hay que acreditar su existencia y alcance, evitando presentar molestias transitorias como lesiones permanentes.

¿Te proponen pagar otro tratamiento para corregir el primero? En Tot Dret podemos estudiar la documentación y valorar qué prueba pericial necesita tu reclamación antes de exigir una cantidad o aceptar un acuerdo.

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¿Qué gastos y daños puedo incluir en la indemnización?

La reclamación debe reparar el perjuicio acreditado, sin duplicar conceptos. Puede incluir el coste razonable de corregir el tratamiento, gastos sanitarios relacionados, lesiones temporales, secuelas y otras consecuencias económicas o personales probadas. No todos aparecen en todos los casos.

Tratamiento corrector. Aporta presupuesto desglosado y justificación clínica. Debe distinguirse la reparación del error de una mejora voluntaria o de tratamientos que ya necesitabas antes. La sentencia de Asturias ilustra precisamente que no todo gasto dental posterior se atribuye al primer profesional.

Lesiones y secuelas. Se examinan duración, limitaciones y estabilidad del daño. El baremo de accidentes de circulación puede emplearse orientativamente en responsabilidad sanitaria, pero no transforma la reclamación en un accidente de tráfico ni sustituye la prueba del perjuicio.

Pérdida de ingresos y otros gastos. Si has dejado de trabajar o has tenido desembolsos necesarios, conserva justificantes y demuestra la conexión con la lesión. No basta multiplicar días por una cantidad sin explicar el impacto económico real.

Daño moral. Puede valorarse cuando corresponda, pero no debe añadirse una cantidad arbitraria ni cobrar dos veces una misma consecuencia ya incluida en otra partida. La angustia, la afectación estética o la limitación de la vida cotidiana requieren una explicación y una valoración ajustadas al caso.

¿Puedo exigir que me devuelvan todo el dinero?

Depende del incumplimiento y de lo que conserve utilidad. La devolución del precio y la indemnización por lesiones tienen fundamentos y alcances que deben diferenciarse. No siempre procede recuperar la totalidad de lo pagado y, además, el coste íntegro de un tratamiento nuevo.

Si una parte del tratamiento fue correcta y sigue siendo aprovechable, eso puede influir en la cantidad reclamable. Si se pretende resolver el contrato, habrá que justificar el incumplimiento y sus consecuencias. El presupuesto inicial permite comprobar qué se contrató, qué se ejecutó y qué quedó pendiente.

Las palabras «garantía de por vida» también deben leerse con cuidado. Puede tratarse de una garantía sobre un componente, no de una promesa de éxito clínico ilimitado. Conserva la publicidad y las condiciones: pueden ser relevantes, pero no conviene interpretar una frase aislada sin el resto del contrato.

¿Haber firmado el consentimiento impide reclamar?

No. Autorizar una intervención y conocer sus riesgos no equivale a aceptar una ejecución negligente. El consentimiento no libera al profesional de actuar correctamente ni convierte cualquier complicación en un daño que debas soportar.

La Ley de autonomía del paciente exige consentimiento escrito para intervenciones quirúrgicas y determinados procedimientos invasivos o de riesgo. La información debe permitir valorar el tratamiento, sus alternativas y los riesgos relevantes.

Tampoco la ausencia de una firma genera siempre una indemnización automática. Debe analizarse la información realmente facilitada, el daño y la relación con la falta de información. Si existe esta cuestión, debe plantearse desde la preparación de la reclamación: no conviene reservarla como un argumento improvisado al final del juicio.

¿Reclamo al dentista, a la clínica o a la aseguradora?

Hay que identificar quién contrató contigo, quién realizó la intervención y qué responsabilidad corresponde a cada interviniente. El nombre comercial de la fachada puede ser distinto de la sociedad que figura en la factura. Demandar a una entidad equivocada puede complicar o frustrar la reclamación.

También debe examinarse la cobertura del seguro de responsabilidad civil. El artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro contempla la acción directa del perjudicado frente al asegurador, con el alcance legal correspondiente. La existencia de póliza no significa que cualquier cantidad reclamada esté cubierta sin discusión.

Si hay financiación, no dejes de pagar por iniciativa propia sin revisar el contrato y la vía de reclamación. El crédito y el servicio dental pueden estar vinculados, pero deben comprobarse los requisitos y dirigirse correctamente las comunicaciones. Una devolución bancaria aislada no resuelve el conflicto.

¿Cómo se reclama y cuánto tiempo tengo?

Lo habitual es comenzar por una reclamación documentada, estudiar la respuesta y valorar una negociación. Para muchas demandas civiles resulta exigible un intento negociador previo conforme a la LO 1/2025. Debe prepararse de modo que acredite el requisito cuando sea aplicable y permita controlar los plazos.

Una hoja de reclamaciones, una queja colegial y una demanda indemnizatoria no persiguen exactamente lo mismo. Pueden coexistir, pero no debe suponerse que cualquier queja interrumpe la prescripción frente a todos los posibles responsables. Importan su contenido, destinatario y recepción.

No existe un único plazo para todas las negligencias dentales. Cambia según la acción, la relación contractual, la normativa aplicable y si la asistencia pertenece al ámbito público o privado. También hay que determinar cuándo pudo conocerse y valorarse el daño, sin confundir el día de la intervención con el de estabilización de una lesión.

En Cataluña puede ser necesario examinar además las reglas de prescripción del Derecho civil catalán. Por eso no es prudente esperar basándose en un plazo leído para otro supuesto. Lleva a consulta las fechas de intervención, síntomas, informes, tratamientos posteriores y reclamaciones ya enviadas para fijar el calendario concreto.

Preguntas frecuentes antes de reclamar a la clínica dental

¿Si dicen que mi cuerpo ha rechazado el implante ya no puedo reclamar?

Esa explicación no cierra el asunto. Hay que comprobar qué complicación ocurrió y si existió algún error en la indicación, ejecución o seguimiento. Tampoco permite presumir negligencia: el informe clínico y la pericial deben aclararlo.

¿Tengo que aceptar que la misma clínica me lo repita gratis?

No aceptes por presión ni rechaces sin entender la propuesta. Valora la solución clínica, la confianza y las condiciones del ofrecimiento. Una reparación gratuita puede ser útil, pero no debería implicar una renuncia inadvertida a otros daños. Revisa cualquier documento que declare el asunto completamente saldado.

¿Puedo cambiar de dentista antes de reclamar?

Sí. Documenta el estado previo, el motivo y los tratamientos posteriores. Pide facturas detalladas e informes que expliquen qué se corrige. No retrases asistencia necesaria para mantener una prueba intacta.

¿La clínica está obligada a pagar lo que presupuestó otro profesional?

No automáticamente. El presupuesto ayuda a cuantificar, pero debe justificarse su necesidad, relación con el daño y razonabilidad. Puede haber alternativas terapéuticas o partidas que respondan a problemas anteriores.

¿Qué permite saber si merece la pena reclamar?

Una revisión conjunta de la historia, las pruebas, los daños y los costes previsibles del procedimiento. El objetivo es distinguir una reclamación viable de una expectativa difícil de acreditar y decidir si conviene negociar, completar la prueba o acudir al juzgado.

¿Cómo podemos ayudarte?

Si un tratamiento dental te ha causado daños, podemos ayudarte a ordenar la documentación, valorar la responsabilidad y preparar una reclamación con fundamento. Explícanos lo sucedido y qué respuesta te ha dado la clínica.

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