Informe pericial psicológico de custodia compartida

informe pericial psicológico de custodia compartida
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Si estás en trámites de divorcio y tienes hijos, lo recomendable es acceder a la guarda o custodia compartida. Nuestros tribunales no establecen siempre ese régimen, pero sí nos dicen que debe ser el deseable, siempre que se pueda llevar a cabo. Si quieres acceder a una custodia compartida, te interesa saber qué es el informe pericial psicológico de custodia compartida. ¡Sígueme!

El informe psicosocial sobre custodia compartida

Lo primero que hay que decir es que se trata de una prueba útil para acceder a la guarda  o custodia compartida. Al tratarse de un informe pericial, lo realizará un profesional en el ámbito de la psicología, con formación específica para poder realizar periciales en casos como el de la custodia compartida. Es decir, es una prueba realizada por profesional diferente al abogado y al procurador, con un coste a parte.

Ese informe es una prueba más, que una de las partes podrá aportar para alegar que lo mejor es la custodia compartida de los hijos. Dicho informe pericial podrá evaluar y hacer referencia a la necesidad o idoneidad de fijar una custodia o guarda compartida. También podrá hacer referencia a la evaluación de los menores, cómo se sienten durante el divorcio, cuáles son sus preferencias, etcétera.

Ahora bien, también has de saber que ese informe pericial no hará por sí solo que obtengas la custodia compartida, si bien ayuda. Piensa que la Ley de Enjuiciamiento Civil nos recuerda en su artículo 348 que el tribunal valora los dictámenes periciales según las reglas de la sana crítica. Es decir, que le dará el valor que crea que ha de darle, en cada caso, teniendo siempre en cuenta el interés superior del menor.

 

Es posible aportar ese informe pericial a un proceso judicial

Desde el plano psicológico, nada obsta a que en un procedimiento de divorcio o modificación de medidas, una de las partes pueda realizar un informe pericial psicológico infantil. Lo que sí será necesario es informar al otro progenitor del hecho que estamos llevando al hijo común a un psicólogo y para qué.

Tanto es así que si acudimos al Código Deontológico del Psicólogo, vemos que en su artículo 42 se dice que:

«(…) Cuando dicha evaluación o intervención ha sido solicitada por otra persona – jueces, profesionales de la enseñanza, padres, empleadores, o cualquier otro solicitante diferente del sujeto evaluado-, éste último o sus padres o tutores tendrán derecho a ser informados del hecho de la evaluación o intervención y del destinatario del Informe Psicológico consiguiente. El sujeto de un Informe Psicológico tiene derecho a conocer el contenido del mismo, siempre que de ello no se derive un grave perjuicio para el sujeto o para el/la Psicólogo/a, y aunque la solicitud de su realización haya sido hecha por otras personas (…)»

Qué dicen las normas jurídicas al respecto

Desde el plano jurídico, es discutible que se pueda hacer un informe psicólogico del menor sin el consentimiento de ambos progenitores. Siempre que no estemos en el ámbito del artículo 156 del Código Civil, reformado por la reciente Ley Orgániza 8/2021. El hecho de llevar al hijo al psicólogo (o no), cae dentro de la esfera de la patria potestad y en ese sentido, se necesitaría el consentimiento de ambos progenitores.

En caso de no llegar a un acuerdo con el otro progenitor para que el hijo común sea visitado por el psicólogo, siempre se puede acudir a un procedimiento de jurisdicción voluntaria. En ese procedimiento y tras escuchar el juez a las partes, decidirá lo que entiendo mejor para los hijos.

Qué evalúa el psicólogo en su informe pericial

La idea de este tipo de informes es mostrar que ambos padres están capacitados para ejercer las potestades parentales. El informe pericial psicológico de custodia compartida también intentan demostrar que el régimen de custodia compartida es el mejor para los hijos tras el divorcio.

Cuando se evalúa al progenitor que quiere la custodia compartida

Si el informe pericial está bien realizado, el psicólogo o psicóloga deberán reflejar, además de la metodología empleada, cual es el estado psíquico del progenitor que quiere optar a la custodia compartida. Eso se hace evaluando si ese progenitor tiene trastornos o enfermedades mentales, cómo se adapta a las nuevas circunstancias durante la tramitación del divorcio o la separación, etcétera.

Cuando se evalúa al hijo o hijos comunes con el otro progenitor

En este caso, el informe pericial evalúa el estado psicofísico del menor. Estudia de qué manera afecta el proceso de separación o divorcio a los hijos comunes, qué piensa o cómo lo afrontan en función de su edad. El informe pericial psicológico de custodia compartida también recoge la opinión del menor, siempre que tenga capacidad para expresarse y exponer porqué de una elección y no otra. En este caso, es fundamental que el psicólogo o la psicóloga, tengan una formación sólida y experiencia.

En ambos casos, antes de entrevistarse con uno u otro, el psicólogo o psicóloga evaluará la documentación que se ponga a su disposición. Intentará separar los datos objetivos de los subjetivos e intentará regir su informe en base a los primeros, siempre que pueda. Esto es así pues los datos objetivos son irrefutables, mientras que las apreciaciones subjetivas pueden ser atacadas con mayor facilidad.